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Penal Militar

Penal y Justicia

Preclusión por legítima defensa

En el año 2018 sobre las 9:30 horas de la noche del día miércoles, se registró un intento de asalto en contra del señor Intendente Jhon Montoya Jefe de Seguridad del Gobernador de Cundinamarca, quien resultó herido en medio de los hechos.

En la balacera, el señor Intendente Montoya logró abatir a uno de los presuntos delincuentes e hirió a otro más; los Agentes del CTI llevaron a cabo el levantamiento en el sitio e investigan cámaras de seguridad del sector, sobre el paradero de un tercer delincuente que escapó del lugar de los hechos.

La Fiscalía 42 de la Unidad de Vida, inicio la investigación sobre la responsabilidad del uniformado, Dagaz Jurídicos asumió la defensa del del señor Intendente Montoya, logrando demostrar en audiencia pública ante el Juez de Garantías, la legítima defensa del uniformado y por ende la preclusión del proceso penal en el año 2019.

Absolución por principio de oportunidad

La Abogada de la firma especialista en derecho procesal penal asumió la defensa del señor Patrullero BCOP de la Policía Nacional, quien fue acusado por la Fiscalía General de la Nación por el delito de lesiones personales, dentro del proceso con número de radicado 110016000013201808803.

 

Por la efectiva labor y aplicando el principio de oportunidad, se permitió llegar a un acuerdo con las víctimas a quienes se repararon integralmente y con el aval del Juez de Control de Garantías, dando por terminado el proceso penal y como resultado se absolvió de los cargos al policial.

Inhibitorio por demostrar que no cometió algún hecho punible

Esta firma de abogados, asumió la defensa del señor Oficial JASV, quien estaba siendo investigado por el presunto delito de abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto, uniformado investigado por la Justicia Penal Militar, dentro de la preliminar con número de radicado 2621.

 

Se logró establecer que el encartado, no cometió mencionado delito, toda vez que las indagatorias y versión libre rendida dentro del plenario, dieron lugar a que el hecho punible jamás existió.

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